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Tengo una duda, ¿debo seguir utilizando mi Equipo Fiscal o debo acogerme a la Factura Electrónica?

Bueno, no puedo darle una respuesta definitiva pero si puedo orientarlo para que usted tome la decisión mas adecuada para su tipo de negocio.

Lo que si puedo decirle de entrada es que son dos opciones muy diferentes pero con el mismo objetivo.

La DGI a través de estas nuevas regulaciones lo que pretende es establecer una comunicación automática y periódica de los datos de facturación de su empresa, permitiendo la fiscalización en tiempo real.

En primer lugar, si usted usa un Equipo fiscal, bien sea, una caja registradora o una impresora fiscal, y desea mantenerlo como método de facturación, entonces, usted debe adquirir un dispositivo de comunicación o un componente de transmisión de datos, dependiendo de la marca de su Equipo fiscal. Resolución No. 201-0294

Pero, ¿ qué es un dispositivo de comunicación?

Es un componente de hardware y software incorporado al Equipo Fiscal, interna o externamente, compatible con este, que permita la conexión a internet para transmitir de forma automática y periódica los datos contenidos en el Reporte Global Diario o Reporte “Z” de su Equipo Fiscal.

Para adquirir el dispositivo que corresponde a su Equipo Fiscal, usted debe contactar al distribuidor de su preferencia, autorizado por la DGI, para que le informe y cotice su instalación. Al mismo tiempo, la DGI a través de la plataforma PLACEF (Plataforma de comunicación para Equipos Fiscales) le estará enviando un correo con un usuario y contraseña, que le permitirá tener acceso a dicha plataforma y verificar la información transmitida, una vez se haya sido instalado el dispositivo. 

Por otro lado, si usted desea optar por la Factura Electrónica; recuerde que esta opción es voluntaria, encontrará que dependiendo de su tipo de negocio podrá aplicar a la Factura Electrónica con Proveedor de Autorización Calificado (PAC) o al Facturador gratuito. En ambos casos, usted deberá realizar una solicitud ante la DGI, a través de su sitio web. Si usted decide una de estas dos opciones, no tiene que utilizar Equipo Fiscal. Si lo viene utilizando, puede sustituirlo por la factura electrónica.

En el caso de utilizar los PAC, usted deberá estar debidamente registrado en el Sistema de Factura Electrónica de Panamá ante la dirección General de Ingresos (DGI). Contratar los servicios de al menos un Proveedor de Autorización Calificado (PAC) para obtener la autorización de uso de sus documentos electrónicos.

Y si opta por el Facturador Gratuito, esto es simplemente, un sistema para facturar desarrollado por la DGI, el cual podrá acceder desde cualquier dispositivo con acceso a internet. Tiene sus limitaciones, ya que, solamente es para pequeñas empresas que no realicen más de 200 facturas al mes, ni superen el millón de Balboas al año. También pueden aplicar  los profesionales o independientes pero que no excedan de 30 facturas mensuales, y de esta manera podrán sustituir su talonario de facturas.

Espero que este artículo les ayude a comprender cual sería la mejor opción para su negocio.

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